¿Puedo tener OSDE como monotributista?

Si sos monotributista, podés derivar tus aportes mensuales para que vos y tu grupo familiar cuenten con la cobertura de OSDE

El trámite es muy sencillo y de acuerdo a las normas impositivas vigentes, la tarifa de tu plan estará exenta deI Impuesto al Valor Agregado (IVA). Si aún no te inscribiste como monotributista.

Podés elegir libremente OSDE como obra social cuando te acredites por primera vez ante la Administración Federal de Ingresos Públicos. Una vez hecho esto, tendrás que presentarte con la documentación requerida y tu vigencia será inmediata. Para conocer más al respecto, ponete en contacto con un  asesor comercial.

IMPORTANTE: Los beneficiarios que deseen ejercer una opción de cambio, sólo podrán realizarlo de forma online, desde la página web de la Superitendencia de Servicios de Salud. Sin intermediarios y ni necesidad de asistir personalemente.

¿Cómo derivar mis aportes de monotributo?

Si ya estás registrado como monotributista y poseés alguna obra social, tenés la posibilidad de realizar en forma inmediata una opción de cambio a OSDE.

Para hacerlo, tendrás que presentarte con la documentación requerida en el Centro de Atención Personalizada más cercano o bien desde nuestra página web en la sección "Quiero ser socio". Allí te informarán de formda detallada todos la documentación y pasos a seguir teniendo en cuenta las particularidades y consultas de tu caso.

La vigencia del ingreso a OSDE comenzará el primer día del mes siguiente desde la fecha en que efectúes el trámite de traspaso. Esta modificación solo puede hacerse una vez al año.

 

¿Cuál es la documentación requerida?

Para iniciar el trámite de traspaso, es necesario presentar:

  • el formulario 184 F de adhesión al monotributo, en el que figuren los datos de todos los integrantes de tu grupo familiar.
  • el formulario 152 F con el detalle de los aportes correspondientes a tu categoría; el último comprobante de pago.
  • tu DNI y, en caso de tener familiares a cargo, de cada uno de ellos.
  • el acta de matrimonio o de concubinato, por cónyuge o conviviente.
  • el certificado de nacimiento de cada uno de los hijos.

Fotos Web nota - Monotributo_01